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Ma. Guadalupe Andrade Bedolla

Secretaría de Previsión Socia

Le corresponde llevar la contabilidad del sindicato e informar anualmente acerca de los bienes y finanzas sindicales; y mensualmente al Comité Ejecutivo; poner bajo su responsabilidad y la del secretario general los recursos del sindicato los cuales deberán ser depositados en una institución bancaria a nombre del sindicato, mancomunando su firma con la del secretario general; recaudar los ingresos del sindicato sea cual fuere su procedencia; firmar la documentación relativa al movimiento de valores del sindicato de acuerdo con los requisitos establecidos por estos Estatutos; el secretario tesorero presentará un presupuesto mensual al Comité Ejecutivo el cual deberá ser dispuesto y aprobado por este órgano en la primera sesión del mes que corresponda; realizar los estudios necesarios para preservar e incrementar el patrimonio del sindicato; publicar el balance en el órgano de prensa oficial del sindicato y en los periodos establecidos por estos Estatutos y poner ala vista de cualquiera de las Comisiones o miembros que lo soliciten la contabilidad de la tesorería y la documentación respectiva del patrimonio del sindicato; regularizar y normalizar la cotización de los miembros del sindicato; entregar periódicamente cada seis meses las cuotas sindicales a las que se refiere el artículo 80 de nuestros estatutos, a los Comités Seccionales de las diferentes dependencias Universitarias.

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